Artículo original

 

 


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, RÉGIMEN JURÍDICO Y GLOBALIZACIÓN

 

 

PUBLIC ADMINISTRATION, LEGAL REGIME AND GLOBALIZATION

 

 

 

Armando Castanedo Abay *             https://orcid.org/0000-0001-9317-4445

 

Universidad de La Habana, La Habana, Cuba

 

*Autor para dirigir correspondencia: castanedo@ceap.uh.cu

 

Clasificación JEL: K00, K23, K33

 

DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.7372578  

 

Recibido: 13/09/2022

Aceptado: 20/11/2022

 

 

 

Resumen

 

El objetivo del presente artículo es demostrar cómo los disímiles peligros que entraña la globalización y, dentro de la misma, la globalización de las normas jurídicas internacionales con incidencia directa o indirecta en las administraciones públicas nacionales y locales y, sobre todo, en la identidad e idiosincrasia de estas en correspondencia con su pleno apego a la satisfacción de las necesidades de sus respectivos ciudadanos, todo ello hace imprescindible el estudio de los derroteros por los que transitan los intentos de globalización de la administración pública y su régimen jurídico. El artículo constituye un documento de alerta y asesoría a las administraciones públicas y nacionales lo que tendría un impacto directo en su accionar frente a la maquinaria de la globalización.

 

Palabras clave: administración pública, régimen jurídico, globalización, gestión pública

 

Abstract

 

The objective of this article is to demonstrate how the dissimilar dangers that globalization entails and, within it, the globalization of international legal norms with direct or indirect incidence on national and local public Administrations and, above all, on the identity and idiosyncrasy of these with full attachment to the satisfaction of the needs of their respective citizens, makes essential the study of the paths through which the attempts of globalization of the Public Administration and its legal regime travel. Its impact is intended to be advisory and alert to national and local public administrations against the machinery of globalization.

 
Keywords: public administration, legal regime, globalization, public management
 

Introducción

 

El marco teórico referencial en la temática referida a los vínculos existentes entre el proceso globalizador, la administración pública y su régimen jurídico, tiene como fuente primaria la esencia de los aportes de quienes, desde su participación directa en organismos globalizadores de una administración pública más allá de las fronteras nacionales o desde la observación y sentir los efectos de los impactos que esto viene produciendo en la era moderna, han llegado a la conclusión de la necesidad de globalizar también una alerta para la defensa de la “nacionalidad” o “localidad” de las administraciones públicas de cada país.

 

Esta alerta que se hace, parte de que la relación está atrofiada, es decir, la identificación de las necesidades de los administrados contribuye a una gestión administrativa eficiente y eficaz; esta relación no significa lo mismo en sentido contrario, es decir, no se erige una administración pública, se le hace funcional y luego se provocan las necesidades de los seres humanos. Ello fuerza y tuerce la lógica conformación de la gestión pública, incluso la privada con destino al público.

 

El hecho de que los resortes de la globalización administrativa o las decisiones a nivel transnacional que modifican patrones de actuación de las administraciones públicas nacionales o locales atentan contra la adecuación nacional o territorial de la gestión administrativa para la satisfacción de las necesidades crecientes de la población que plantean un nivel de singularidad que las hace únicas e irrepetibles podría provocar, en el futuro inmediato, el distanciamiento de las administraciones públicas de los designios de su propia existencia.

 

El artículo tiene como objetivo mostrar los peligros de la globalización de las normas jurídicas internacionales con incidencia directa o indirecta en las administraciones públicas nacionales y locales. Al acercarse a sus conclusiones, el artículo ofrece algunas consideraciones de las posturas a adoptar frente a la realidad descrita para poder proteger la autonomía y particularidades de las administraciones públicas nacionales y locales frente a la gran “bola de nieve” globalizadora que amenaza tambalearlas en sus principales designios en un mundo global.

 

Método de investigación

 

Para desarrollar el tema se realizó un trabajo de localización de aquellos estudios presentados por la doctrina autorizada en la materia por investigadores, profesores, alumnos, doctorandos  y maestrantes en el ámbito de las relaciones de la administración pública con la globalización; ello desde la perspectiva de las sinergias establecidas por las administraciones públicas con lo transnacional que imprimen los organismos internacionales a su gestión desde lo público de su actuación en los diferentes ámbitos del desarrollo socio-económico mundial.

 

El artículo es resultado del análisis documental de textos y conclusiones de eventos y conferencias internacionales relativas a la materia, así como resultados de tesis de doctorados, maestrías y diplomados vinculados al tema y las claras tendencias de los organismos administrativos internacionales en los últimos años.

 

Los procesos de análisis y síntesis desarrollados desde lo histórico-lógico hasta la experiencia empírica a nivel de experiencias prácticas de las administraciones públicas actuales, permite visualizar las previsiones a adoptar para que el proceso globalizador no distorsione la misión básica de las administraciones públicas nacionales y locales en sus particularidades propias que, en definitiva, conforman su verdadera esencia existencial.

 

La administración pública transnacional y la globalización de su régimen jurídico: el Derecho Administrativo Global

 

La administración pública, en cualquiera de sus formas, estructuras y funcionamiento, va acompañada, en su dialéctica, de su régimen jurídico estabilizador y garantizador, es decir del derecho administrativo.

 

Las normas jurídico administrativas sirven de sostén, base, y legitimidad a los principios organizativos y funcionales de la administración pública, sobre todo, como ya se ha planteado, para asegurar la existencia del Estado de Derecho en cuanto a la seguridad de ejercicio de los derechos de los llamados administrados frente a las prerrogativas de la poderosa administración pública. Por tanto, a una administración pública transnacionalizada y globalizada corresponde un Derecho administrativo también transnacional y global.

 

De un modo menos ruidoso que el empuje de las empresas transnacionales acompañado de la participación de fuerzas administrativas en manejos de influencias políticas y económicas a nivel del orbe, el derecho administrativo ha ido cubriendo espacios regulatorios para garantizar permanencia al auspicio transnacional a nuevas formas de definir mercados y políticas que no se quedan en lo económico, sino que trascienden a lo político y a lo social.

 

Este desarrollo lleva a definir al derecho administrativo global como aquél que incluye en sus normas jurídicas los mecanismos, principios, prácticas y los acuerdos sociales que los respaldan y que promueven o afectan la rendición de cuentas de los órganos globales administrativos, en particular asegurándose de que cumplan con los estándares adecuados de transparencia, participación, toma de decisiones razonada, y legalidad, y promoviendo la efectiva evaluación de las normas y decisiones que aprueban.

 

Los órganos globales administrativos incluyen órganos regulatorios intergubernamentales formales, redes regulatorias informales intergubernamentales y arreglos de coordinación, órganos regulatorios nacionales que operan en relación a un régimen internacional intergubernamental, órganos regulatorios híbridos público-privados, y algunos órganos regulatorios privados que ejercen funciones de gobernanza trasnacional de importancia pública específica.

 

Al proponer tal definición, también se plantea que la mayor parte de la gobernanza global puede ser entendida y analizada a través de la acción administrativa: la reglamentación administrativa, el procedimiento administrativo que dirime intereses contrapuestos, y otras formas de decisiones y gestión regulatoria y administrativa.1

Lo nuevo no es la existencia de normas que regulen transacciones internacionales, ni la de organismos regulatorios de derecho administrativo a nivel transnacional, eso siempre existió desde la sistematización de esta ciencia jurídica y la claridad del rol que debía jugar. Lo nuevo resulta en la forma de desarrollarse que trasciende el marco relacional internacional e incide directamente en las administraciones públicas que se pudieran llamar nacionales y les obliga a modificar patrones de regulación y normativas de alcance nacional para, a su vez, nutrir ese nuevo modo de normar administrativamente desde la perspectiva económica.

 

Esto es especialmente cierto en el área de la reglamentación, en la cual la acción genuinamente internacional se combina con acción por reguladores nacionales en redes de coordinación global que complementan, e incluso a menudo determinan, la acción doméstica, penetrando profundamente de esta forma en los programas y decisiones regulatorias domésticas.

 

Además, cada vez en mayor cantidad de casos, las decisiones globales afectan directamente a individuos y empresas, como por ejemplo en las decisiones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU) sobre las sanciones y las medidas anti-terroristas, las actividades de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), el Mecanismo de Desarrollo Limpio bajo el Protocolo de Kyoto, o en la incorporación casi-automática en el derecho doméstico de las decisiones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).1

 

Si se toma esto en consideración y se regresa a la definición que se refirió con anterioridad de derecho administrativo global, se puede percatar que la novedosa manera de desarrollarse el Derecho Internacional Administrativo; este, bajo su nuevo ropaje de derecho administrativo global, debe nacer por las mismas razones y tendrá que tener que  constituirse en lo mismo que el derecho administrativo originario devenido de la Revolución Francesa de 1789; un derecho estabilizador entre las fuerzas y prerrogativas estatales y el efectivo ejercicio de los derechos de los llamados administrados, o, de otro modo, dejar un espacio de acción a la “democradura”, término utilizado por Eduardo Galeano para caracterizar a las empresas transnacionales como, en última instancia, el gobierno de las relaciones sociales en el futuro a mediano plazo.

 

La disyuntiva se torna clara, o el derecho administrativo global nace como estabilizador y garantizador de los derechos de los destinatarios de las nuevas formas de relacionarse las fuerzas motrices del mundo actual bajo directrices administrativas, o la gobernanza mundial responde a los intereses empresariales dejando a un segundo plano la multifacética realización del ser humano.

 

En tal sentido uno de los principios básicos que debe adoptar el derecho administrativo global es el principio de proporcionalidad, en base al cual los principios individuales podrán ser afectados en su realización por normas administrativas transnacionales, pero sólo en la debida proporción con la importancia y realización del bien público o la realización pública que le sea correlativo en virtud del objetivo público legítimo que se pretende proteger.

 

Por otro lado, habría que garantizar la operatividad de las figuras jurídicas administrativas que conformen el derecho administrativo reajustado a las nuevas condiciones pues las originales y las originarias del país determinado podrían sufrir modificaciones sustanciales hasta desnaturalizarse jurídicamente.

 

Ralph Braibanti explicó, que cuando las instituciones administrativas son trasplantadas de un país a otro, su desarrollo es imprevisible y suelen satisfacer demandas diversas a las que satisfacían en la nación de origen. Existe la sobredeterminación de las instituciones administrativas preexistentes, más antiguas y arraigadas, que modelan a las instituciones recién implantadas a través de un complejo proceso que se llama "indigenización en espiral". Este proceso consiste en un movimiento dinámico de alta capacidad de transformación, de irradiación y de recepción de cultura, que altera las cualidades primigenias de la institución así implantada.2

 

Ocurre un fenómeno similar con las ideas y los modelos importados, como lo hace saber Joseph Lapalombara, quien fustigó que el paradigma administrativo anglosajón, no habiéndose aplicado en los Estados Unidos, se propusiera como el remedio para los defectos administrativos de otros países.3

 

¿Hacia dónde ha dirigido su mirada la administración pública global y su normativa jurídica habilitante y legitimadora?

 

La administración pública global y su normativa jurídica habilitante y legitimadora han dirigido su mirada hacia:

 

1.      La empresa transnacional y sus productores enajenados realizadores y consumidores de plusvalía en tanto atrapados por sus propios productos objetivos y concretos o subjetivos y conscientes. Ello conduce a recordar al Chaplin en “Modern Times”.

2.      La más que lucrativa industria de la información afianzadora de los pulpos y los oligopolios monopolísticos. Así, si se busca un producto en internet podrá apreciar cómo la ciberinteligencia hace magia para que lleguen a su buzón electrónico ofertas de todo calibre para la compra cómoda del mismo producto sobre el cual indagó un par de veces, por breves minutos, en la red de redes.

 

Esta industria de la información a partir de las Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC), se funde con la del entretenimiento y somete a más cuerpos sociales que el fenómeno armamentista, esta traslada la función dinámica que traía en siglos pasados a la primera, o sea, del armamentismo al entretenimiento. Hoy las intervenciones no son necesariamente militares, sino cibernéticas y, por lo tanto, el “homo economicus ciberneticus al que se hace referencia tendrá como modelo al homo semiótico realizado en el ciberespacio.

 

Esta tecnología transversal atraviesa todo sector económico; ese macro sector económico hay que administrarlo desde la perspectiva pública, pues por muy privado que sea tendrá finalidades públicas a través del mercado, la ley de valor y del cambio, por tanto, puede generar sistematicidad en la administración pública global. Es el típico panorama complejo en el cual la historia siempre ha acudido al control estatal, entendiendo estado como respuesta histórica-sistémica, como el agente civilizador que impide la guerra civil: en su forma absoluta como el Leviathan de Hobbes; “domesticado” como el estado constitucional de Locke o como principio ético en la filosofía de Hegel, culminándose su desarrollo en el siempre importante escalón del Estado de Derecho, o lo que es lo mismo, la reconciliación entre el poder absoluto y el derecho individual.

 

¿Podría este recurso salvarse de una administración pública globalizada, usurera y lucradora a costa de la enajenación del “homo economicus ciberneticus moderno? Aunque no se sabe, aún quedaría el recurso de la asimilación de la sociedad política por parte de la sociedad civil como también previó Carlos Marx. En este sentido se podrían formular las preguntas siguientes: ¿Cuánto debería crecer y madurar la humanidad para esa asimilación? ¿Se requerirán otros 21 siglos? A continuación, se tratará de encontrar algunas respuestas.

 

Buen intento el de Montesquieu con su tripartición de poderes y, además se le suma a su mérito que lo hizo sin tener delante este escenario descrito, tenía uno un poco más moldeable y, por tanto, menos movilizador. Así y todo, Bentham dudó frente a la sagacidad segura de Montesquieu y se preguntó de modo provocador: ¿cómo puede la división de poderes garantizar la libertad, si los tres poderes están controlados por un solo grupo social?; Bentham se auto respondió; “ello tiene una respuesta sencilla: no puede”.

 

Por otro lado, y por lo que se trae a colación la tríada famosa de poderes, Locke, como se mencionó en los primeros párrafos, desenmascara un cuarto poder desprendido del actuar de la administración, lo llamó así: el poder prerrogativo y le dio la preponderancia por encima hasta de la ley, es decir podría actuar contra legem siempre que se protegiera el interés público o social o la utilidad pública. Estos conceptos suelen ser muy recurridos y resultar oportunas desde una tenacidad malograda para solucionar contubernios administrativos y, por supuesto, enmascarar los excesos del poder y el desconocimiento o no reconocimiento de derechos preestablecidos en el ordenamiento jurídico de que se trate.

 

No parece ser una salida la tríada montesqueyana tampoco; se vuelve, entonces, al punto de partida, a Carlos Marx, con su asimilación de la sociedad política por la civil. ¿Sería este un poder equilibrador para esta nueva administración pública desde la perspectiva globalizadora, un mecanismo que estableciera los límites de su poder público y asegurara la presencia de las garantías jurídicas de los destinatarios en relación con sus decisiones?

 

De ser así, ¿qué duda cabe?, volvería a ser el derecho administrativo el que fue en su nacimiento, la herramienta para maniatar al león, pero no para equipararlo al mono, sino para que los dos, finalmente, sean una verdadera sociedad, quizás mejor en una caverna y despojados de toda ansiedad superflua por lo material generadora de desconcertantes miserias humanas y renazca, como el ave fénix, el humanismo imprescindible para el desarrollo multifacético del homo sapiens.

 

Pero esa conducción al humanismo imprescindible que debe configurar la conducta del ser humano, por lo menos por el momento, y ojalá así sea, sólo por el momento, no es más que un sueño de una noche de verano debido a las fuerzas y especialmente dos tensiones específicas que se avizoran en contienda campal.

 

Actualmente la administración pública debe resolver positivamente dos tensiones que la jalonean hacia las orillas. La primera refiere la pugna entre las tradiciones nacionales de su vida política y jurídica, y los principios universales del manejo público y privado cuya aplicación reclama un epítome de adaptabilidad crítica y razonada. La segunda tensión implica la colisión entre un modelo de gobierno fundado en la cooperación voluntaria como motivación central de la conducta pública, y el paradigma de estado globalizado que se encamina a la satisfacción de un interés privado que no se sobreponga al interés público.4

 

Un referente contextual. La administración pública en el tercer mundo y en América Latina en particular en plena fase de transición

 

Alonso Domínguez indica que “es muy significativo que en los países en desarrollo y menos desarrollados se localizan una buena parte de los recursos naturales estratégicos, entre los que podemos señalar el 84% de las reservas de petróleo; el 40% de gas natural; el 28% del carbón mineral; importantes reservas de minerales, agua dulce y de biodiversidad. Estos importantes recursos de los países deben ser respetados y utilizados de forma racional ya que los mismos constituyen Patrimonio Natural de cada nación y elementos sustantivos de su soberanía y base fundamental para su desarrollo”.5

 

Hace ya algún tiempo atrás, a finales de la década de los 80 y principios de la de los 90, la globalización al Tercer Mundo se manifestaba en:  la constitución de un mercado de capitales a nivel mundial y la profunda destrucción de áreas nacionales protegidas por tarifas aduaneras, por medio de diversas rondas de negociación del General Agreement onTariffs and Trade (GATT), particularmente la ronda de Uruguay (1986-1994); la constitución del Asia Pacific Economic Corporation (APEC) en el año 1989, que abarcó a 18 estados en su momento inaugural; la concertación de los tratados de Maastricht (1992) entre los miembros de la Unión Europea; el North American Free Trade Agreement (NAFTA o TLC) entre EUNA, Canadá y México (1.1.1994) y la sustitución del GATT por la Organización Mundial del Comercio (OMC 15.4. 1994) que ha significado en la práctica la entrega incondicional de los mercados del Tercer Mundo a las empresas transnacionales (Transnationals Corporations TNC), con la consecuencia previsible de una profunda destrucción de las industrias nacionales y de las formas de vida consideradas incompatibles con los intereses de los TNC.6

 

Por otra parte, las publicaciones sobre ‘reforma administrativa’ en América Latina son tan vastas como el número de intentos de reforma en la región. Peter Spink que realizó una encuesta en la región observó que las burocracias latinoamericanas parecen participar permanentemente en una reforma administrativa: “el tema de la reforma administrativa y, más recientemente, la reforma del Estado, ha mantenido una presencia visible en América Latina en la mayor parte de los últimos 70 años”.7

 

Pero en todos los casos estudiados, la reforma administrativa ha significado reforma burocrática. El objetivo fue establecer en cada país latinoamericano un servicio público como el de Francia y Alemania. La dificultad era superar el patrimonialismo y profesionalizar la administración pública. Con todo, el patrimonialismo se ha mantenido fuerte en la región y los intentos por tener un servicio público profesional a menudo han terminado apenas en protección de los intereses corporativistas de las burocracias locales preocupadas por lograr o conservar privilegios especiales en relación con los respectivos mercados de trabajo.

 

Cuando se formaron las burocracias profesionales competentes, como podemos ver en los países latinoamericanos de mayor extensión, esa burocracia tuvo poco que ver con la burocracia clásica de Max Weber: es mucho más empresarial, más técnica, más flexible, más ajustada a las exigencias de las entidades y las empresas estatales.8

 

Una reforma de la administración pública apenas comienza en América Latina. Una sociedad civil activa, donde el debate público desempeña una función importante en la formación de la opinión pública; y la reforma institucional, particularmente la reforma de la administración pública, son dos factores estratégicos para promover el desarrollo político en la región.

 

Esto sucederá en el momento en que la densidad del espacio público, la calidad de las instituciones de administración pública y la profesionalidad de los funcionarios públicos demuestran ser mejores de lo que llevaría a pronosticar el nivel de ingreso per cápita. De momento, a pesar de algunos adelantos logrados, no se puede decir que se ha logrado mucho. Por supuesto, la sociedad civil avanza y el servicio público de Weber ha dejado de ser un ideal. Más bien, ahora se exigen contratos de trabajo más flexibles y funcionarios públicos profesionales y competentes, pero más autónomos y responsables.

 

Por otra parte, ni el estado desarrollista ni el estado mínimo ultra liberal tienen sentido. El modelo estadista de desarrollo se agotó, pero la alternativa ultra liberal propuesta (o impuesta) por los países ricos no mostró los resultados prometidos. Fórmulas y modelos tales como el Consenso de Washington, las políticas de reforma de la primera y segunda generación del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI), y el paradigma de gerencia pública, implicaron e implican cambios estructurales radicales en el desempeño de los gobiernos. Nuevas metas, como el equilibrio fiscal, la eficiencia, la economía y la eficacia administrativa, la estabilidad monetaria, y la desregulación y apertura de las economías, redefinieron los objetivos y misiones de los gobiernos.

 

Nuevos criterios organizativos, como el fortalecimiento de las capacidades institucionales de formulación e implementación de políticas, la descentralización político administrativa, la orientación al ciudadano, la transparencia y la información, la responsabilidad, y la participación del mercado y la sociedad civil en la provisión de bienes y servicios públicos, implicaron transformaciones sustantivas en la producción institucional, los procesos y los sistemas. El cambio estructural en estas últimas dimensiones condujo a la incorporación masiva de tecnologías de información, nuevos know-how técnicos y profesionales, y nuevas tecnologías de gestión.9

 

Por su parte, Maldonado-Veloza argumenta la necesidad de tomar en cuenta la temporalidad de los hechos en la epistemología de la administración, lo expresa de la forma siguiente: “cada vez que surgen nuevos hechos reales, el ciclo epistemológico se renueva y se repite. Un nuevo hecho falsa el anterior, el viejo constructo deviene obsoleto, surge la necesidad de un nuevo constructo y el constructo nace. Este problema conduce a la identificación de los hechos inéditos que justifican el surgimiento de nuevos constructos”.10,11

 

La región necesita con urgencia una mejor gobernabilidad, mejores instituciones políticas y administrativas, que permitirán que sus gobiernos encuentren sus propias formas de promover el desarrollo económico y de reducir la evidente injusticia social: obviamente, la reforma de la administración pública adaptada a las circunstancias de América Latina tiene una función importante que desempeñar en este campo.12

 

Para ilustrar con algunos datos contemporáneos, se puede afirmar que los antecedentes inmediatos de la reciente crisis económica que atravesó la región latinoamericana se ubican en las extraordinarias tasas de crecimiento económico alcanzadas en el contexto del “boom de las commodities” o “super ciclo de los productos básicos”, que se extendió aproximadamente entre el 2003 y el 2011 y estuvo caracterizado por el alza desmedida de los precios de los principales productos básicos en el mercado mundial.

 

El resultado, desmarcado por completo de la tendencia secular al deterioro de los términos de intercambio, provocó un paulatino incremento de los ingresos por exportaciones para la mayor parte de los países latinoamericanos y caribeños. Estos grandes beneficios obtenidos por los negocios basados en recursos naturales también indujeron el arribo masivo de inversiones extranjeras directas, ávidas por apropiarse de la riqueza del subsuelo, afianzando el modelo extractivista que históricamente ha predominado en la región.

 

Los altos precios de los productos básicos acentuaron la dependencia de las exportaciones de materias primas, incrementando la vulnerabilidad de los países exportadores frente a los vaivenes del mercado mundial. En este marco se aceleró el proceso de desindustrialización que desde mediados de los años 1980 venía experimentando América Latina. Según datos del Banco Mundial si bien la industria representó en 1984 el 41.5% del PIB regional, en el 2003 esta se redujo al 32.4% y ya en el 2015 fue del 27.4%.

 

El endeudamiento externo latinoamericano y caribeño que en el 2011 llegó a ser el 27:4% del Producto Interno Bruto (PIB), comenzó a incrementarse hasta alcanzar en el 2016 los 39.4 puntos porcentuales del PIB. Dicho movimiento implicó una ampliación de la deuda en más de 523 000 millones de dólares, la cual se elevó en ese último año a 1.76 billones de dólares.13

 

El paso de patrones de especialización a patrones específicos de especialización en materias primas, servicios, producciones terminadas, mejoradas y con valor agregado a partir de las grandes cadenas productivas y de servicios a escala internacional. Las geopolíticas regionales, continentales y mundiales, presentan en este contexto una dinámica dialéctica muy particular, hay que transitar hacia una reconversión industrial que ponga a todos los países en aptitud de integrarse a la competencia de nuevo tipo que se va creando como base de la nueva era en la coyuntura de creación de la nueva gestión pública.

 

Los déficits crónicos de la exportación de bienes y servicios de los países menos desarrollados van pesando como lastre en el avance de la administración pública de nuevo tipo. Este desfase les hace más daño a los países referidos que al nacimiento de la nueva administración pública; por ello se convierte en vital para los mismos la oportuna inversión extranjera cargada de las nuevas tecnologías de la informática y las comunicaciones por un lado y por el otro de know-how actualizado.

 

La participación marginal de estos países los ubica en una posición frágil al momento de acudir a las negociaciones con las grandes cadenas productivas ya conformadas, ello les conduce a acudir a las por crear y a aceptar condiciones desventajosas para su desarrollo endógeno por lograr, a veces, un “quinto de la tajada” o menos.

 

¿Qué hacer?, independientemente de que puedan existir numerosas variantes de estrategias a seguir, las economías nacionales de estos países comienzan a moverse hacia el encadenamiento interno en las esferas de la producción y los servicios intentando añadir valor de uso al producto y al servicio que se propondrá al andamiaje internacional.

 

El patrón de inserción internacional de estos países está obligado a ser modificado para ponerse al día con la administración pública naciente. Los redimensionamientos de las plantas industriales persisten como orientaciones de políticas económicas que no engranan con facilidad en la industrialización relacionada con el nuevo desarrollo tecnológico. Sólo para resumir la idea, queda claro que las negociaciones con las cadenas productivas internacionales, los patrones de inserción internacional y el redimensionamiento de las plantas industriales se van convirtiendo en asignaturas pendientes para los países llamados del tercer mundo.

 

Las grandes asimetrías entre las economías desarrolladas del llamado primer mundo y del llamado tercero, enlentecen la mutación de las administraciones públicas nacionales y su fusión o reflejo en una emergente administración pública global. El hecho de que la nueva gestión pública tiene un alto componente de economía de mercado, ello no quiere decir que las estructuras estatales no tengan nada que hacer en materia económica.

 

Los estados en la nueva perspectiva de la administración pública tienen un rol importantísimo en la regulación de la satisfacción de los intereses y necesidades de los ciudadanos, por ejemplo, en el tema de la protección al consumidor en cuanto a la relación entre la economía y la salud pública; en cuanto a las políticas arancelarias, en la estabilización de los precios; en dirigir el fomento hacia aquellas actividades de control y supervisión, etc.

 

La administración pública transnacional: un hecho

 

Los dos factores que se evidencian con mayor claridad acerca de la consideración de la transnacionalización de la administración pública como un hecho son, por un lado, el desarrollo de las tecnologías de la informática y de las comunicaciones que han transformado todo tipo de relaciones en el orden económico, político y social en todos los contextos y en todas las esferas de la vida moderna y, por el otro lado, la puja de las poderosas y determinantes leyes del mercado.

 

Una base económica dominada por las fuerzas del mercado y una superestructura mundial conectada a la revolución tecnológica que evoluciona por día, sientan la base esencial de las organizaciones sociales desde la filosofía del marxismo bajo sus categorías dominantes de base y superestructura. He aquí uno de los dilemas más interesantes de la administración pública transnacionalizada: si se deja el desarrollo de la sociedad del futuro a las fuerzas del mercado en medio del creciente empleo de la tecnología en las relaciones humanas en todos los ámbitos de la vida, el caos imperará y la dialéctica del desarrollo en espiral sería una quimera.

 

Es imprescindible innovar en el modo de conducir los caminos de desenvolvimiento de la administración pública del nuevo milenio para evitar ese caos e intentar sistematizar una dimensión de desarrollo que garantice el bienestar del ser humano sobre el que regirán sus principios y normativas. “… lo que es necesario es una verdadera reinvención del estado y de la administración pública y, tal vez algo más revolucionario: la substitución del arte de la política por la ciencia de la administración pública. Esto, naturalmente, implica concebir e implementar nuevos proyectos de sociedad, incluso los aspectos económicos –como medios- y sociales –como fines. Esto sería, tal vez, la única manera de contestar la pregunta siguiente tan legítima: ¿un mercado global, para qué exactamente?”14

 

El hecho de que los actores de la economía del sector privado incursionen cada vez más en el sector público y se aseguren el gran paquete de las acciones y con ello de la administración de las cadenas productivas transnacionales, modifica, inexorablemente el rol de las administraciones públicas nacionales. Una ilustración significativa puede ser ofrecida por el ejemplo reciente de la empresa Renault, nueva dueña de la Nissan Japonesa. La Renault mudó efectivamente la cultura del empleo protegido para toda la vida que aún prevalece en el Japón. El gobierno japonés que había asegurado a los responsables de Renault que gozarían de libertad de gestión total en Japón, no podía, una vez vendida la Nissan, volver atrás. Así, los responsables del sector público de ese país, a pesar de la insatisfacción de los nuevos desocupados, y de las consecuencias para sus familias, a pesar de las protestas de los sindicatos y de las elites profesionales, entendieron que las administraciones públicas ya no son las que hacen o deshacen las políticas industriales de los países.

 

Sin embargo, se mantiene o nace su responsabilidad de concebir las adaptaciones necesarias o deseadas al proyecto de sociedad corriente --aun considerando que tal proyecto es apenas implícito en la mayoría de los países-- para garantizar la cohesión socio-económica. Para esto, entienden, finalmente, que se necesita un cuadro institucional que no puede ser sino global.15

 

La superestructura mundial

 

No hay nada de que extrañarse, desde 1954 ya existían normas de una administración pública internacional, no con los matices de hoy, pero gracias a ello la nueva lleva cierto grado de ventaja en normas de orden y regularización de relaciones. Durante más de medio siglo, la administración pública internacional se ha guiado e inspirado en las Normas de conducta en la administración pública internacional redactadas en 1954 por la Junta Consultiva de administración pública internacional. Aunque parte del tono y contenido de la edición de 1954 evoca una época anterior, la razón de las Normas y, de hecho, los propios principios, en general han superado la prueba del tiempo.

 

Sin embargo, a medida que el mundo ha ido cambiando con el transcurso de los decenios, la naturaleza de los servicios prestados por las organizaciones del régimen común de las Naciones Unidas también ha ido cambiando con el auge y la generalización de la tecnología y la evolución de las relaciones e interacciones en las organizaciones, tanto a nivel interno como externo.

 

El examen y la actualización periódicos de las normas deben reflejar que este mundo en transición común de las Naciones Unidas ha ido cambiando con el auge y la generalización de la tecnología y la evolución de las relaciones e interacciones en las organizaciones tanto a nivel interno como externo. El examen y la actualización periódicos de las normas deben reflejar este mundo en transición.16

 

Desde sus principios rectores hasta las normas para relacionarse con los estados miembros, el uso de la información y las relaciones de coordinación, regulan la vida de trabajo de los funcionarios públicos internacionales y su incidencia en el sistema de relaciones de la ONU; pero, como se dijo con anterioridad, no tiene mucho que ver con las normas consuetudinarias y la formación de nuevas normas reguladoras de la nueva administración pública, esta vez la conocida como global.

 

Todos los caminos conducen a … la transnacionalización de la administración pública.

 

Tampoco resulta tan transparente el hecho de que las empresas transnacionales serán realmente, a partir de su relativa plusvalía, las que determinen los acontecimientos mundiales. Sólo por mencionar una pista para explicarse el por qué no pudieran ser, de ningún modo, los actores únicos, tan siquiera los principales, se refiere a que este sector empresarial no posee los medios para mantener el orden, la paz y la tranquilidad que se necesita para las gigantescas transacciones comerciales en forma de encadenamientos productivos que se prevé desarrollar.

 

Esas responsabilidades responden a la razón de estado, que es, en definitiva, quien ha estado detrás de cada negocio trasnacional a gran escala en los últimos decenios. Algunos ejemplos para tomar como puntos de referencia y que demuestran el por qué se ha referido la década de los 90 como muy activo precedente en relación con las ideas expuestas se enuncian a continuación.

 

·          El 7 de septiembre de 1993, Al Gore, vicepresidente estadounidense, remite carta al presidente con la que le presenta un informe que, en síntesis, explica cómo “pasar del papeleo a los resultados para crear un gobierno más eficiente y menos costoso”, que no era más que el resultado de una tarea indicada a un amplio espectro de personas interesadas en un cambio sustancial de la forma norteamericana de gobernar. También identifica los graves problemas gubernamentales: “el gobierno federal no sólo está quebrado sino también roto. La regulación ineficaz de la industria financiera causó la catástrofe en el rubro del ahorro y el crédito. Los planes ineficaces de educación y capacitación comprometieron nuestra ventaja competitiva. Los programas inoperantes de bienestar social y vivienda han sido lesivos para nuestras familias y nuestras ciudades. Cada año gastan 25.000 millones de dólares en el bienestar social, US$27.000 millones en estampillas para alimentos y US$13.000 millones en vivienda pública, a pesar de lo cual cada año caen en la pobreza más y más estadounidenses.! Gastan US$12.000 millones anualmente en la guerra contra las drogas... y los signos de victoria aún son pocos. Invierten en 150 diferentes programas de empleo y capacitación... más el estadounidense promedio ignora dónde obtener capacitación laboral, y las habilidades de las fuerzas de trabajo se rezagan en relación con las de los competidores.”17

·          En febrero de 1994, las empresas aeronáuticas Boeing y McDonnell Douglas obtuvieron un contrato comercial por valor de 6 mil millones de dólares de Arabia Saudita para la venta de aviones civiles, dejando fuera del negocio la competencia Europea del Airbus. La decisión de los sauditas fue anunciada por el Presidente Clinton –acompañado del embajador de Arabia Saudita en Washington- desde la Casa Blanca. Había sido el lobbyng de Clinton que motivó que la propuesta europea de dividir el negocio fuera descartada por el gobierno árabe. Adicionalmente el Secretario de Comercio hizo dos viajes a la capital saudita y también el Secretario del Departamento de Estado. Las empresas estadunidenses ganaron la batalla mediante una oferta que combinaba garantías crediticias oficiales con la negociación de una deuda saudita de 9.2 mil millones de dólares en que había incurrido por compras anteriores a EEUU.18

·          En mayo del mismo año la transnacional estadunidense AT&T, ganó un contrato evaluado en 4 mil millones de dólares para modernizar el sistema telefónico en Arabia Saudita, pese a que su oferta fue cientos de millones de dólares más alta que la de algunos competidores. El New York Times reportó el evento diciendo que AT&T ganó el contrato, después de que el Secretario de Estado y Comercio estadounidenses hicieron peticiones personales para la compañía durante sus viajes a Riyad. Otros gobiernos también hicieron gestiones en favor de sus compañías, pero no utilizaron tantos oficiales de alto nivel como los Estados Unidos.19

 

Entonces, queda claro que no es sólo el factor económico el que hay que considerar cuando de globalización se trata, sino que cabe mencionar y relacionar con este hecho el movimiento de administración pública transnacionalizada que se viene generando para la ubicación de las empresas líderes y con ello el propio posicionamiento de liderazgo de esas Administraciones públicas cuando se trata de incidir directamente en la normativa mundial que intente preservar la tranquilidad relacional en esta ubicación de mercados y el posicionamiento económico en los mismos.

 

Los mercados preferenciales no serán decididos por .la oferta y la demanda, y, por mucho menos, la utilidad social de las producciones, sino por intereses de dominación y supremacía en virtud de controlar la “productividad”, entiéndase plusvalía relativa; y, ¿qué sigue?, pues la reinversión de esas ganancias en mantener el status quo de la administración pública transnacionalizada o global luego de la configuración de un establishment acorde con los intereses del poder público mundial.

 

Cuatro son las tesis fundamentales que tratan de fundamentar los cambios institucionales que deben acompañar al referido emergente paradigma de la gestión pública, a saber:

 

1.      La tesis de la elección pública, que introduce al sector privado en la gestión pública, generando mecanismos de competencia en este contexto con el objetivo de lograr calidad en la concepción y prestación del servicio público.

2.      La tesis de los costes de transacción, que se focaliza en la reestructuración organizativa en relación con los costes más óptimos.

3.      El neo Taylorismo, que defiende la disminución de la burocracia y sus normas de actuación, simplifica la estructura jerárquica y busca la perfección en los mecanismos de motivación vinculados al sistema de control.

4.      Teoría de la agencia, con su implantación de herramientas de control vinculadas al ejercicio de las responsabilidades con base en sistemas de rendición de cuentas.

 

Las dos primeras tesis, la de la elección pública y la de los costes de transacción, se refieren a reformas en la estructura organizativa y se materializa a partir de privatizaciones, le gestión indirecta de servicios, la introducción de competencia externa, la cooperación y la creación de la competencia interna.

 

La segunda, el neo Taylorismo, tiende a una racionalización normativa y cultural y lleva a una racionalización en los procedimientos administrativos, la desburocratización, el desarrollo de políticas de personal, la introducción de técnicas privadas y la innovación tecnológica.

 

Por su parte, la teoría de la agencia mira hacia la transparencia de la administración pública a partir del fortalecimiento de la comunicación externa y la participación ciudadana en la gestión pública.

 

De estas tesis pueden extraerse las tendencias del nuevo paradigma institucional que fertiliza el terreno para que la nueva gestión pública abra espacios de toma de control a las leyes del mercado transnacional, dominando el flujo de mercancías, materias primas y recursos financieros que, en definitiva, redundará en el incremento del poder de las transnacionales reestructuradas de tal forma que dominen las relaciones económicas internacionales a través de las grandes cadenas productivas que tejerán la nueva economía, la global.

 

En ese orden de cosas y en el ámbito de las relaciones Estado y mercado, el desafío del Estado en estos momentos es refundarse, debido a que la forma de cómo actúa el mercado a escala mundial, que socava tanto las economías nacionales como los mismos Estados, crea una nueva forma de política que sale de los canales tradicionales institucionales de la política tradicional y ahora se define por una subpolitización, la cual se maneja sin la participación del Estado. Los verdaderos poderes que determinan las condiciones en las que todos actuamos en estos tiempos fluyen en el espacio global, mientras que nuestras instituciones políticas siguen en general atadas al suelo; son, nuevamente, locales. La idea no es la de fomentar una alergia al mercado por el mercado mismo, pero sí de buscar y fomentar los equilibrios necesarios entre Estado y mercado.20

 

Por otro lado, pero en el mismo sentido, en relación con la administración pública, su organización y funcionamiento, la globalización, el avance tecnológico, la Internet, las redes sociales, los cambios del comportamiento humano, la demanda de nuevos servicios públicos, entre otros, obligaron a un cambio de pensamiento, a una nueva conceptualización del modelo predominante y estandarización de la administración pública, bajo un esquema mejorado de organización y funcionamiento. Desde la década de 1980, diversos métodos administrativos buscaron promover una gestión pública menos costosa, más eficiente y efectiva, basada en el uso de las TIC, en las que lo fundamental no es el equilibrio ni la tendencia al equilibrio de los sistemas históricos, sino la tendencia al desequilibrio y la inestabilidad.21

 

¿Qué hacer?; la reconfiguración de la administración pública.

 

¿Qué hacer frente a esta avalancha de poderosas gestiones económicas internacionales que arrastran tras de sí políticas globales que inciden directamente en las políticas internas, quieran estas o no? ¿Cómo facilitar el punto de equilibrio entre las fuerzas del mercado y las reivindicaciones sociales logradas y con las que entraron muchas sociedades en el nuevo siglo?

 

La respuesta a estas preguntas no se puede dar el lujo de esperar el decursar de los acontecimientos, pues la administración pública que no se dinamice frente a cambios radicales de la realidad será inoperante hasta en sus designios fundamentales de paz, orden y seguridad; además, como sabemos, su esencia radica en satisfacer las necesidades públicas de un modo contextualizado con las exigencias del factor económico, sobre todo.

 

Resulta acuciante ocuparse de este tema vital para la humanidad y dejar a tras el hecho de que, como plantea Gisela Alonso Domínguez: “en la actualidad se viven situaciones muy complejas a nivel global donde las grandes crisis amenazan con la posibilidad real de mantener la vida en el planeta. El orden internacional es desequilibrado, injusto y excluyente. Crisis financiera, económica, alimentaria, energética, de salud, educacional, demográfica, migratoria, ambiental entre otras. Grandes brechas en el desarrollo. Incremento de la pobreza, del riesgo y la vulnerabilidad ante desastres naturales y tecnológicos. A esto hay que añadir el incremento de los conflictos armados incluyendo los nucleares, las políticas neoliberales e intervencionista en los asuntos internos de los países. La mayoría de los habitantes del planeta no dispone de los recursos mínimos requeridos para una existencia digna y solidaria”5

 

Por consiguiente, es imperativo aventurarse en, por lo menos, indicar algunas ideas que pudieran poner a la administración pública moderna en capacidad de reaccionar ante los retos que significa la globalización económica y social.

 

Ante todo, sin que ello signifique una vuelta a Keynes, se debe reconocer el papel del Estado como promotor del orden social y de las seguridades básicas de convivencia en la sociedad de que se trate. Además, para ello es imprescindible tomar en consideración:

 

1.      La regulación por el Estado de los volúmenes de inversión, manejando las tasas de interés como vía de estímulo para incentivar estas, evitando las inversiones mal dirigidas, para que la especulación no conduzca a un desarrollo desigual muy preferencial hacia determinadas ramas altamente rentables y se atente contra la proporcionalidad necesaria22 en la satisfacción de los intereses y necesidades públicas y se caiga en la sobre explotación de específicas ramas de la economía en detrimento de otras.

2.      La necesaria reconstrucción de la naturaleza pública de las políticas gubernamentales y atarlas a un encuadre institucional, como, por ejemplo, la política de descentralización administrativa entregando poder de decisión con posibilidades reales a las administraciones locales en las cuales la participación de los destinatarios en primera instancia de la gestión pública se involucra y participan activamente.

3.      El diseño y elaboración racional de las políticas públicas de alcance general, bajo los principios de flexibilidad horizontal, calidad total, alta productividad, sentido de misión e innovación constante.

4.      La promoción y apoyo a la ciencia de la administración pública en sus estudios de la actividad del aparato de toda la sociedad y cómo este debe funcionar de un modo eficaz. Atender, en el mismo sentido a los aportes de medios, modos y vías para hacer más eficiente la administración pública.

5.      La reingeniería de los procesos administrativos públicos y vincularlos directamente con el cliente que satisface sus necesidades o intereses a partir de la prestación de los servicios por la administración pública o por la privada con destino al público.

6.      Lograr una relación sinérgica entre los procesos desarrollados por la administración pública y la privada con destino al público a través de los instrumentos legales por excelencia como el contrato de gestión de servicios públicos con participación de inversionistas capacitados que aporten, en plaza, know-how en aras de la capacitación de los humanos con recursos para el futuro de la actividad de que se trate.

7.      La necesaria revolución en el sector de la capacitación y formación gerencial, logrando un comportamiento gerencial que maximice la eficacia de la gestión de los procesos productivos e inversionistas.

8.      La formación de humanos con recursos en la función pública; el logro de capacidades directivas y gerenciales que predeterminen el éxito en su gestión y la de los colectivos laborales que orientan.

9.      El restablecimiento de la fuerza, la autoridad, la eficiencia y la capacidad de planeación institucionales del aparato estatal en los diversos sectores económicos y sociales.

10.  La elaboración de una agenda pública en base a concertaciones de prioridades y contraste con las experiencias más eficaces en cada sector de la economía o de la sociedad de referencia.

11.  La elaboración de un contenido propio y ajustado al contexto y la coyuntura real y práctica de un nuevo paradigma de cultura de la gestión pública con un nuevo modo de pensar focalizado en la imprescindible resiliencia de todo sistema para garantizar sus ajustes según se presente la dialéctica de los factores que inciden directamente en el desarrollo económico y social.

12.  Lo altamente complejo de las relaciones intergubernamentales, asociadas simultáneamente con la descentralización, la regionalización y la globalización.

13.  La nueva ética y filosofía del servicio público con calidad y eficiencia, orientado al administrado-cliente.

 

Cuba se distingue por tener muy claro este proceso que se está llevando a cabo de globalización de la administración pública; su perspectiva la ofrecen profesores del Centro de Estudios de la Administración Pública de la Universidad de la Habana: “La administración pública cubana se define como un sistema complejo, encargado de gestionar políticas y programas gubernamentales y de prestar importantes servicios públicos a la sociedad, sobre la base de políticas estatales, de leyes y normas jurídicas vigentes y de un presupuesto asignado, con el propósito de generar niveles crecientes y sostenibles de desarrollo económico y social que repercutan en la calidad de vida de la sociedad, la consolidación de la independencia, la soberanía nacional y la gobernabilidad, asegurando eficacia en el cumplimiento de los objetivos, eficiencia en el empleo de recursos, equidad y justicia social en los enfoques, así como honestidad, transparencia y responsabilidad en el accionar de sus directivos. Como expresión del Estado en acción, la administración pública cubana, trabaja por agregar valor con efectividad y eficiencia en los siguientes objetivos: elevar la calidad de vida de la población; incrementar el desarrollo económico; garantizar la seguridad de los ciudadanos y preservar la soberanía nacional.”23

 

Como afirman Tabares, Pérez y Cárdenas “la Agenda 2030 de Naciones Unidas habla de una administración pública para el desarrollo e identifica los parámetros más importantes que se deben tener en cuenta en su proceso de modernización. Se trata de darle más participación a la ciudadanía, avanzar en la profesionalización de funcionarios y directivos en el sector público, promover una gestión eficiente, eficaz, transparente, que inicie un desarrollo sostenible y eleve el bienestar social Resulta entonces necesario comprender la complejidad implícita en el proceso de modernización de la administración pública, las diferentes dimensiones en que se proyecta su actuación, sus áreas de responsabilidad y su quehacer. Para ello hay que identificar esas dimensiones (política, social, jurídica, económica y medioambiental) y lograr que se proyecten de manera interrelacionadas, no absolutizando a unas sobre otras, como ocurre generalmente”.24

 

Modernización, globalización y efectividad de la administración pública moderna van de la mano, sobre todo el criterio de efectividad ha evolucionado con diversas interpretaciones, inclinándose en el campo de la administración pública a la relación entre variables básicas que vinculan el entorno interno y externo como el conocimiento e identificación de las necesidades de la población, la capacidad para dar respuesta, los objetivos que se fijan para guiar la acción gubernamental, y el resultado que produce cambios en el estado de las cosas e influyen en la percepción sobre la gestión pública en dimensiones claves.25

 

En definitiva, el gran desliz de la globalización parte del intento de desmontar lo original y fundacional de los estados, es decir, el modelo de Estado-Nación, que ostenta la autoridad legislativa, ejecutiva y judicial y que se ha ido configurando durante 400 años y que consta de los tres clásicos elementos: soberanía, población y territorio. El estado monopolizaba el uso de la fuerza sobre una población asentada en un territorio determinado, la producción normativa, la representación del interés general en el interior y la representación del interés del estado en el exterior.

 

El Estado actual dista mucho de aquel que surge tras las revoluciones inglesa, norteamericana y francesa de los siglos XVII y XVIII. El papel del Estado-Nación ha cambiado: ámbito político, económico, social y cultural. Ha perdido el monopolio y adquieren creciente protagonismo otros actores: en ámbitos superiores al estado, las empresas multinacionales y las instituciones internacionales; y, en ámbitos inferiores al estado, las reivindicaciones regionales y locales. Se trata de dos caras de la misma moneda: la globalización estimula la consolidación de lo local, pero, a la vez, genera un mecanismo de homogeneización.26

 

Un camino a seguir pudiera bien ser el de la generación y el fortalecimiento de capacidades para la gestión de programas, políticas públicas y estrategias que propicien el cumplimiento de las metas en el corto, mediano y largo plazo alineadas a los Objetivos del Desarrollo Sostenible, así como la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos, constituye uno de los principales desafíos que enfrentan los países en la actualidad.27

 

Asimismo, el desarrollo de una política de innovación integral requiere comprender la naturaleza y la dinámica de los problemas y los procesos de innovación en el contexto socioeconómico, tener en cuenta la participación de las partes interesadas, los aspectos más relevantes para el país o región, así como sus efectos transformadores en la economía y la sociedad.27,28

 

Las políticas de innovación también pueden contribuir a la adaptación de las economías con resiliencia.28,29 Establecer un modelo de gestión del gobierno con enfoque preventivo, soportado en la ciencia y orientado a la innovación puede contribuir al desarrollo sostenible de las naciones.27,30

 

Conclusiones

 

La realidad analizada parece indicar que el futuro inmediato de la administración pública se concretará con su transnacionalización como parte intrínseca del proceso de globalización que se viene produciendo hace varias décadas. Ello conduce a dos consecuencias fundamentales, una la necesaria reingeniería de la estructura y funcionamiento estatal y la otra la readecuación del régimen jurídico que regula los designios administrativos, o sea, del derecho administrativo.

 

Hoy, más que nunca, el derecho administrativo debe responder de modo eficiente y eficaz a su esencia garantizadora de las prerrogativas de los destinatarios de sus normas en el ejercicio de los derechos que le reconoce la normativa vigente.

 

La administración pública clama por una nueva construcción de su esencia, la global, en aras de su efectividad real y concreta, pero ello no significa que desdibuje las identidades de las administraciones públicas nacionales; estas deben ser preservadas en defensa de los intereses y necesidades autóctonos y originarios.

 

En idéntico sentido, el equilibrio imprescindible entre, por un lado, la productividad que se logre a través de la gestión en cuanto a producción tecnológica y la gestión de las grandes corporaciones y empresas transnacionales y, por el otro, el desarrollo multifacético del homo sapiens, depende, en gran medida, de la preservación de las reivindicaciones y conquistas sociales logradas hasta hoy llevadas a una nueva dimensión en la cual desarrollen sus potencialidades en la creación de garantías funcionales a los derechos del ser humano del siglo XXI.

 

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Conflicto de intereses

El autor declara no presentar conflictos de intereses